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Cómo reclamar la devolución del dinero sustraído mediante phishing

Tu entidad financiera tiene una responsabilidad cuasi objetiva, esto implica que será el banco el que tenga que demostrar que hizo todo lo posible por proteger tu cuenta.

Antes de leer este artículo se recomienda leer el artículo «¿Qué es el phishing?» para saber si has sido víctima de esta clase de estafa electrónica. Si lo has sido, ponte en contacto con profesionales en la materia para asegurarte la recuperación de tus ahorros.

La responsabilidad de los bancos en los casos de phishing

El artículo 45 de la Ley de Servicios de Pago establece que las entidades bancarias son responsables en caso de phishing. No obstante, esta afirmación no puede tenerse por una verdad absoluta en tanto en cuanto pese a que la responsabilidad de los bancos es cuasi objetiva, tiene dos excepciones: la negligencia grave y el fraude. El concepto de fraude es público y notorio, sin embargo, la negligencia grave viene siendo modulada por nuestros juzgados y tribunales.

En este artículo no trataremos la responsabilidad civil del delincuente que haya realizado el fraude. A pesar de ello, es importante tener claro que reclamar el dinero por la vía penal no tiene por consecuencia la suspensión del procedimiento civil por prejudicialidad. Esto se debe a que se trata de responsabilidades diferentes.

Las obligaciones del cliente

Los clientes también tienen obligaciones en lo relativo al uso de los servicios bancarios. Estas obligaciones están recogidas en el artículo 41 de la Ley de Servicios de Pago y son los siguientes.

  1. Utilizar el instrumento de pago de conformidad con las condiciones que regulen la emisión y utilización del instrumento tomando todas las medidas razonables a fin de proteger sus credenciales de seguridad personalizadas
  2. En caso de extravío, sustracción o apropiación indebida del instrumento de pago o de su utilización no autorizada, lo notificará al proveedor de servicios de pago o a la entidad que este designe, sin demora indebida en cuanto tenga conocimiento de ello.

El incumplimiento de estas obligaciones no determina que vaya a poderse reclamar el importe sustraído mediante phishing al banco, pero haría disminuir las probabilidades de éxito de dicha reclamación por la vía judicial.

Cómo reclamar tu dinero si has sido víctima de phishing
Cómo reclamar tu dinero si has sido víctima de phishing

¿Cómo reclamar los fondos sustraídos?

El primer paso es presentar una reclamación ante el Servicio de Atención al cliente de la entidad. Si el banco, alegando fraude o negligencia grave, no devuelve los fondos, el cliente podrá continuar su reclamación extrajudicial ante el Banco de España. Llegados a este punto conviene señalar que la resolución del Banco de España no es vinculante, aunque sí que puede tener peso de cara a un ulterior procedimiento judicial.

La vía judicial se abre como consecuencia del rechazo a devolver los ahorros por la preceptiva vía extrajudicial (Servicio de Atención al Cliente y/o Banco de España). Como consumidor y usuario, puedes presentar la demanda en el juzgado que corresponda a tu domicilio. Sin embargo, si el phishing lo sufre una persona jurídica o un empresario, pueden surgir dudas en cuanto a la competencia territorial. Demandar allí donde el banco tenga su sede social siempre será la opción correcta, no obstante se puede presentar allí donde la persona jurídica o empresario tengan su domicilio justificando esta elección de conformidad con el artículo 51.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que dice que también «podrán ser demandadas en el lugar donde la situación o relación jurídica a que se refiera el litigio haya nacido o deba surtir efectos, siempre que en dicho lugar tengan establecimiento abierto al público o representante autorizado para actuar en nombre de la entidad»

Para reclamar el dinero, se recomienda contratar a un abogado especialista en la materia.

Plazos para el reembolso del dinero estafado

Tras presentar la denuncia y la reclamación al banco, éste tiene veinticuatro horas para responder. Si no se obtiene una solución en ese plazo, se deben seguir los procedimientos legales correspondientes. Habitualmente, el banco tardará más que las veinticuatro horas que establece el artículo 45.1 de la Ley de Servicios de Pago amparándose en que los plazos que se recogen en la normativa relativa a los servicios de atención al cliente les dan, que es de quince días hábiles.

El incumplimiento del plazo de veinticuatro horas para responder deberá ser incluido en la demanda, ya que además de ser un claro incumplimiento de la ley aplicable a la materia, provoca un evidente perjuicio para el reclamante, ya que retrasa todo el procedimiento provocándole indefensión.

¿Has sido víctima de un ataque de phishing?

Si has sido víctima de un ataque de phishing, la celeridad en la reacción es clave para recuperar tu dinero. Llámanos al 614 290 926 o escribe a [email protected].